1. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
1.1 – Este contrato y los siguientes términos y condiciones que
a continuación se indican regulan el acceso y el uso de las
aplicaciones y servicios SMS Premium que brinda MOBINT S.R.L
(en adelante MOBINT) , con domicilio en Av. Ovidio Lagos 41bis
de la ciudad de Rosario. Y, de otra parte, la persona física
o jurídica, en adelante EL CLIENTE, que se encuentra interesado
en la contratación de los servicios que presta MOBINT en el
ámbito de actividad de mensajería móvil, SMS tipo PREMIUM,
WAP, WAP Push.
Para la utilización y activación de dichos servicios es necesario aceptar por
parte del CLIENTE, expresamente, mediante un "click" en el
botón que se encuentra al final del formulario de solicitud
de servicios "He leído y Acepto las Condiciones de Uso", todas
y cada una de las presentes condiciones generales, así como
todas aquellas condiciones particulares recogidas para la utilización
de determinados servicios. En caso de no aceptar las presentes
Condiciones Generales de Uso del servicio, deberá abstenerse
de acceder y/o utilizar los servicios y/o contenidos ofertados
por MOBINT
1.2- El uso del Sistema implica la aceptación sin reservas por
parte del Usuario del Contrato y todo otro documento al cual se
hace referencia en el presente.
1.3- La Empresa podrá modificar unilateralmente el Contrato. Las
modificaciones serán obligatorias desde su publicación en el Sitio
o desde su notificación al Usuario, lo que suceda primero, sin
perjuicio de la facultad del Usuario de terminar el Contrato.
2. CONSIDERACIONES SOBRE LA RELACIÓN DE LAS PARTES
2.1 MOBINT desarrolla sus actividades dentro del ámbito de los
servicios de las telecomunicaciones, cuenta con los medios
técnicos, materiales y humanos necesarios, y tiene suscritos
contratos con algunas de las principales operadoras de comunicaciones
tanto de red fija como de red móvil, o con terceros que brinden
estos servicios, así como también con proveedores de redes de
telecomunicación y proveedores de acceso a internet.
2.2 - El CLIENTE desarrolla sus actividades dentro del ámbito
del desarrollo y comercialización de servicios y contenidos audiovisuales
para terminales móviles.
2.3.- El CLIENTE tiene la intención de comercializar sus servicios
y contenidos audiovisuales para terminales móviles, a través
del el uso de las tecnologías SMS, WAP, WAP Push, MMS, y/o cualquier
otra tecnología desarrollada o a desarrollarse en el futuro y,
en tal sentido, se encuentra interesado en la contratación de
los servicios que presta MOBINT en el ámbito de actividad de
mensajería móvil, SMS tipo PREMIUM, WAP, WAP Push.
ESTIPULACIONES
3. Objeto.
3.1.- El objeto del presente contrato es la prestación por parte
de MOBINT al CLIENTE de servicios de mensajería móvil SMS tipo
PREMIUM,; en los términos establecidos en este Contrato, a cambio
de una contraprestación económica estipulada en las correspondientes
cláusulas , que integran el presente Contrato (en adelante los
“SERVICIOS”).
3.2.- Los servicios de mensajería “PREMIUM” son
aquellos servicios que, a través del envío de un mensaje corto
y/o de la marcación de un determinado código, conllevan una retribución
específica y añadida al costo del mensaje ordinario, por la prestación
de servicios que aportan un valor agregado al usuario de los
mismos.
3.3.- Los productos que MOBINT pone a disposición del
CLIENTE Para ser aplicados a los servicios de mensajería “PREMIUM”
son: Móvil Quizz, que permite generar concursos interactivos
y votaciones; Móvil DJ, que permite al CLIENTE recibir mensajes
en una PC. Alertas SMS, que permite al cliente enviar contenido
a los usuarios suscriptos a sus servicios.
4. CONTRATOS CON
OPERADORAS DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES O TERCEROS INTERMEDIARIOS
4.1.- MOBINT tiene contratadas con algunas operadoras de telecomunicaciones
móviles (OTM) o integradores con dichas empresas, así como con
proveedores de acceso a internet las infraestructuras de telecomunicaciones
necesarias para la prestación de los SERVICIOS. La OTM es la
responsable del correcto transporte de los mensajes que contienen
los servicios.
4.2.- El CLIENTE declara conocer: (i) las normas y circulares
técnicas, así como también las políticas sobre servicios y contenidos
dictadas, todas ellas, por las OTM, en relación con los SERVICIOS
y (ii) que éstas se encuentran sujetas a variaciones impuestas
unilateralmente por las OTM. Es por ello, que las variaciones
técnicas, comerciales o económicas que pudieran surgir durante
la vigencia del Contrato comunicadas por las distintas OTM a
MOBINT, así como también todas sus consecuencias derivadas, serán
trasladadas en su exacta incidencia al CLIENTE. Estas variaciones
le serán comunicadas en el menor tiempo posible y no requerirán
consentimiento expreso alguno por parte del CLIENTE para su efectiva
aplicación a los SERVICIOS, ni generarán derecho a reclamo alguno
por parte del CLIENTE.
4.3.- El CLIENTE acepta la aplicación inmediata de todas aquellas
modificaciones de orden legal que pudieran afectar a la prestación
de los SERVICIOS objeto del presente Contrato o de sus respectivos
anexos. Las Partes se informarán recíprocamente de todas aquellas
modificaciones legales de las que tuvieren conocimiento durante
la vigencia del presente Contrato.
4. CÓDIGOS DE ACCESO
4.1.- En el desarrollo y ejecución de los SERVICIOS podrán ser
asignados a los mismos “códigos de acceso telefónico” (numeración)
y en su caso determinados “alias” (vocablos alfanuméricos),
a instancia y solicitud del CLIENTE. MOBINT se reserva el derecho
a la elección de éstos códigos de acceso
y alias de acuerdo con sus disponibilidades.
4.2.- El código o códigos de acceso
telefónico asignados al CLIENTE es/son titularidad de MOBINT
o en su caso de la OTM por lo que únicamente se cederá a los
efectos del desarrollo y ejecución de las obligaciones del presente
Contrato. En consecuencia el CLIENTE renuncia a cualquier derecho
que le pudiera corresponder por la explotación de dicho número
y en especial a cualquier cantidad que pudiera suponer un incremento
o compensación adicional a la remuneración pactada en las condiciones
económicas.
4.3.- Para el supuesto de que las partes acuerden
un cambio de titularidad del código de acceso, el mismo deberá
ser autorizado expresamente por la OTM con la que MOBINT haya
contratado.
4.4.- El CLIENTE no podrá ceder, arrendar, hipotecar,
gravar o pignorar el código de acceso o número asignado, salvo
previo consentimiento expreso por parte de MOBINT. Cualquier
negocio jurídico ajeno al presente contrato que se pudiera realizar
con los números asignados al CLIENTE será nulo y carecerá de
efecto alguno.
4.5.- El CLIENTE se obliga expresamente a comunicar
a MOBINT cualquier contingencia que pudiera afectar a la titularidad,
a los frutos, rentas o derechos económicos, respecto al/los códigos
de acceso telefónico que se adscriban a los SERVICIOS en el desarrollo
y ejecución de las obligaciones del presente Contrato. El incumplimiento
de ésta estipulación dará derecho a MOBINT
a resolver el presente Contrato.
5. PUBLICIDAD DE LOS SERVICIOS (A
cargo del cliente)
5.1.- Será a cargo del CLIENTE la promoción de los servicios
y contenidos audiovisuales que el CLIENTE comercialice a través
de los SERVICIOS prestados por MOBINT, obligándose a mantener
indemne a MOBINT de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse
del incumplimiento de sus obligaciones, entendiéndose además
que MOBINT no garantiza un mínimo de rendimiento económico
o resultado comercial para el CLIENTE ni una afluencia mínima
de Usuarios/interesados a los servicios ofrecidos por el CLIENTE.
Asimismo, la terminación de la relación contractual de MOBINT
con alguna OTM, por cualquier motivo que fuere, no generará
derecho a reclamo alguno por parte de el CLIENTE.
5.2. El CLIENTE
se obliga a actuar verazmente frente a sus clientes y los Usuarios
Celulares. Antes y durante el lanzamiento de cada servicio realizará
la difusión del mismo, proporcionando información clara, veraz
y suficiente sobre sus características y condiciones. En este
sentido, el CLIENTE se obliga a explicitar el precio final del
servicio, IVA incluido, en moneda de curso legal cumpliendo además
con toda la normativa relativa a Publicidad, Lealtad Comercial,
Defensa del Consumidor, y cualquier otra normativa de carácter
nacional, provincial y/o local relacionada con la publicidad
y promoción de sus servicios.
5.3.- En los casos particulares
de servicios de alertas y Promociones (Mobile Marketing), el
Usuario Celular debe tomar conocimiento de la promoción por
un medio distinto al mensaje SMS; en ningún caso el mensaje
SMS podrá ser utilizado como medio de comunicación de una promoción.
5.4.- Los Usuarios Celulares podrán acceder a los servicios
del CLIENTE únicamente mediante el método “opt-in”, esto es,
mediante la elección previa de los Usuarios Celulares, la que
podrá ser efectuada mediante medios tales como Páginas Web, Call
Center, WAP y otros. El uso de los servicios con los Usuarios
Celulares sin que éstos hubieren optado en forma previa por su
participación, autorizará a MOBINT a dar por rescindido
el Contrato, y reclamar los daños y perjuicios que hubiere a
lugar.
5.5.- En
ningún supuesto existirá difusión masiva, mediante el envió de
SMS, de la existencia de servicios y promociones a la base de
Clientes de la OTM sin la expresa autorización previa por parte
de ésta.
5.6.- En la publicidad de los servicios brindados por
el CLIENTE siempre se incluirán, a título enunciativo
y no limitativo:
a) Las características y funcionalidades del servicio
ofrecido.
b) costo final del servicio ofrecido (Impuestos incluidos).
c) El prestador de servicios deberá ser siempre identificable
por los usuarios mediante su nombre comercial o institucional.
Asimismo los usuarios tendrán la posibilidad de ponerse en contacto
con él sin dificultades por lo que figurará en la publicidad
su teléfono, página web, dirección de correo electrónico, y domicilio
a efectos de notificación, teniendo siempre en cuenta las exigencias
técnicas y/o las adaptaciones necesarias al espacio del
medio difusor.
d) Cuando los servicios vayan dirigidos a personas mayores de
18 años deberá indicarse esta circunstancia en la publicidad
de los servicios.
e) Se deberá incluir en todo soporte publicitario indicación
de las condiciones de compatibilidad entre las terminales móviles
y el servicio publicitado.
f) Para los servicios cuyo contenido se refiera a la provisión
de juegos para móvil, deberá constar en todo soporte publicitario
la denominación del titular de los derechos de autor del
juego publicitado.
6. CONTENIDO DEL SERVICIO
6.1.- Será por cuenta del CLIENTE dar contenido al servicio que
se ofrezca por medio de los SERVICIOS prestados por MOBINT,
los cuales deberán cumplir estándares mínimos de calidad, debiendo
corresponderse la publicidad y el contenido del servicio ofrecido.
6.2. Asimismo el CLIENTE deberá cumplir estrictamente toda reglamentación
y demás normativa legal aplicable dictada, o a dictarse por la
autoridad competente, en relación con la información, contenidos
y servicios ofrecidos, manteniendo a MOBINT indemne de toda responsabilidad
por los daños y perjuicios causados, o por cualquier sanción
que tuviera que afrontar con relación a los servicios y contenidos
comercializados por el CLIENTE a través de los SERVICIOS.
6.3.
El CLIENTE no podrá ofertar, comercializar y/o entregar interpretaciones
de una canción grabada previamente sin la autorización de su
compositor (cover) mediante los SERVICIOS.
6.4. Con carácter
general, el contenido de los servicios comercializados por el
CLIENTE a través de los SERVICIOS no deberán: Inducir o promover
discriminación sexual, racial o religiosa o cualquier otra vulneración
de los derechos fundamentales y de las libertades públicas reconocidas
por la Constitución Argentina y el resto del ordenamiento jurídico.
Inducir o incitar a actuar de forma ilegal.
Llevar a conclusiones erróneas a consecuencia de su inexactitud,
ambigüedad, exageración, omisión o similares.
Inducir a un estado inaceptable de ansiedad o temor, o explotar
situaciones de necesidad.
Inducir o incitar a cualquier persona a involucrarse en prácticas
peligrosas de riesgo, o que atenten contra la salud o el equilibrio
psíquico.
Infringir las normas legales o reglamentarias sobre el secreto
de las comunicaciones, propiedad intelectual, derecho al honor
y a la intimidad personal o familiar, o cualquier otra disposición
aplicable a la naturaleza del servicio.
Contener información falsa o caduca.
Encadenar mensajes de forma poco razonable o no acorde con la
publicidad realizada.
Dañar o alterar la configuración de los Servicios ofrecidos por
las OTM.
Los Servicios no deberán suponer explotación o atentar contra
la intimidad de ninguna persona mentalmente discapacitada, desequilibrada
o cualquier otra persona vulnerable, debiéndose tener en cuenta
la especial protección que necesitan dichas personas.
6.5.- Los
servicios del CLIENTE que incorporen solicitud de información
personal o datos de carácter personal, incluyendo nombre, domicilio
u otros cualesquiera datos del usuario, deberán ser adecuados,
pertinentes y no excesivos con relación a la finalidad para la
que se recaben, manifestar con claridad para qué se solicita
dicha información, indicando cualquier destino que se vaya a
dar a la información solicitada sin perjuicio del derecho del
usuario a modificación, rectificación y cancelación de los datos.
En cualquier caso las Partes se obligan especialmente a cumplir
la legislación sobre datos de carácter personal dentro de sus
respectivas competencias e inscribir y mantener en los órganos
administrativos, los ficheros automatizados de datos de carácter
personal, cuando sea preciso.
6.6.- No obstante lo anterior,
el CLIENTE podrá también contratar para la prestación de sus
servicios, contenidos de MOBINT o contenidos cedidos a MOBINT
para su explotación, a cambio de la contraprestación que se estipule
en el correspondiente anexo.
7. RESPONSABILIDADES
7.1.- Cada Parte será íntegramente responsable frente a la otra,
y frente a terceros, por la prestación de los servicios que cada
una tiene a su cargo, y mantendrá indemne a la otra frente a
todo reclamo, demanda, sentencia, costos y costas, pérdida, daño
o responsabilidad de cualquier tipo respecto de los servicios
a su cargo, y/o relativos al incumplimiento, por su parte, sus
empleados y/o contratistas, de las obligaciones que surjan del
presente Contrato y sus Anexos. Asimismo Las Partes responderán
por los daños que sus acciones u omisiones, o las de sus dependientes,
ocasionen a la otra Parte, o a terceros.
7.2.- MOBINT no será
responsable de aquellas deficiencias de red que deban imputarse
a la OTM, operadores de redes de telecomunicación, y proveedores
de acceso a Internet, y en particular, a título enunciativo y
no limitativo las siguientes: interferencias debidas a condiciones
atmosféricas; falta de cobertura de la terminal móvil del Usuario
Celular; incompatibilidad de la terminal móvil del Usuario Celular
con los servicios demandados; deficiencias en la terminal móvil
del Usuario Celular, deficiencias de suministro de red de la
OTM, manipulación inadecuada o fraudulenta de las terminales
de telefonía o elementos informáticos y de telecomunicación de
los Usuarios Celulares, cortes de suministro eléctrico, suspensión
del servicio por el proveedor de acceso a Internet o del proveedor
de redes de telecomunicación.
7.3.- MOBINT establecerá controles
periódicos de calidad a fin de comprobar el correcto funcionamiento
del sistema y conexiones a la red. MOBINT podrá suspender temporalmente
el SERVICIO a fin de realizar operaciones de comprobación de
red, previa notificación al CLIENTE con la suficiente antelación.
MOBINT no se hará responsable de los daños o perjuicios que pudieran
causarse como consecuencia de la suspensión del SERVICIO por
parte de la OTM o por parte de MOBINT, derivado de una decisión
de la OTM, renunciando el CLIENTE en forma expresa y por adelantando
a cualquier reclamo u acción que le pudiera corresponder por
este concepto.
7.4.- MOBINT se encuentra expresamente autorizada
a comunicar a los órganos administrativos y judiciales que así
lo requieran, cuanta información y datos sean solicitados por
éstos en relación con el desarrollo y ejecución de las obligaciones
contenidas en el presente Contrato.
7.5.- El CLIENTE será exclusivo
responsable por el funcionamiento, calidad y contenido de los
Servicios comercializados por él a través de los SERVICIOS, y
por la veracidad, origen, oportunidad y cualquier otro aspecto
relativo a la información brindada a través de los mismos, la
que no podrá ser contraria a la moral o a las buenas costumbres,
ni de contenido ilegal. En razón de ello, el CLIENTE se compromete
a mantener indemne a MOBINT, frente a cualquier reclamo proveniente
de clientes o usuarios de los servicios o terceros, debiendo
responder a los mismos en debida forma. Cualquier erogación o
gasto que, en razón de ello, se viere obligada a efectuar MOBINT,
deberá ser reembolsada por el Cliente a MOBINT, dentro de los
diez (10) días hábiles de comunicada dicha circunstancia, conjuntamente
con la documentación que acredite la erogación incurrida.
7.6.-
El CLIENTE será exclusivo responsable por los concursos, sorteos
o promociones que eventualmente organice a través de los SERVICIOS
que se implementen en razón del presente, y por los premios que
corresponda entregar en virtud de los mismos, comprometiéndose
a cumplir con la regulación que resulte aplicable a cada concurso,
sorteo o promoción, y a mantener indemne a MOBINT frente a cualquier
reclamo recibido de los Clientes, Lotería Nacional S.E., Loterías
Provinciales, Direcciones Generales de Renta Provinciales, lealtad
Comercial, autoridad de aplicación, o de terceros, con relación
a los mismos.
7.7.- El CLIENTE se hace especialmente responsable
del cumplimiento de cualquier obligación sobre los derechos de
propiedad intelectual o industrial que pudieran afectar a los
contenidos que se comercialicen a los Usuarios Celulares, asumiendo
las consecuencias económicas y sanciones derivadas del incumplimiento
legal, contractual o extracontractual, en el caso que se produzca.
En el caso de contenidos audiovisuales cedidos por MOBINT al
CLIENTE para su comercialización, las obligaciones descriptas
en la presente cláusula 6.7. estarán a cargo de MOBINT.
7.8. En
caso de ser notificado de una mediación o demanda, relacionada
con la propiedad intelectual de aquellos contenidos no provistos
por MOBINT, o cualquier cuestión relacionada con las obligaciones
a cargo del CLIENTE, MOBINT tendrá derecho a retener de las liquidaciones
mensuales, los importes reclamados, previa intimación al CLIENTE
para que subsane su incumplimiento o en su caso acredite, dentro
de las 48 horas, poseer los derechos y autorizaciones pertinentes.
8. INFORMES ESTADÍSTICOS
8.1.- MOBINT se compromete a informar
al CLIENTE sobre aquellos aspectos estadísticos que sean de interés
mutuo y relacionado al objeto del Contrato. Dichos informes servirán
como base de cálculo para la Contraprestación correspondiente
y se entregarán en forma mensual. Asimismo MOBINT facilitará
al CLIENTE el acceso “on-line” en tiempo real a una interfaz
Web de MOBINT, a través de la provisión de un código específico,
para que el CLIENTE pueda monitorear en forma directa información
estadística relacionada con los SERVICIOS.
8.2.- No obstante lo anterior el CLIENTE recibirá un informe
mensual facilitado por MOBINT para el control detallado de todos
los mensajes enviados a los números asignados y/o de los contenidos
descargados, que servirá de base para el cálculo de la Contraprestación
correspondiente. Dicho informe es provisto – a su vez – a MOBINT
por la OTM, razón por la cual cualquier error que pudiera surgir
como consecuencia de la misma no podrá ser imputado a MOBINT,
siendo obligación de MOBINT únicamente la de realizar sus mejores
esfuerzos frente a la OTM para reclamar en tiempo y forma todas
aquellas diferencias económicas que pudieran generarse por error
o negligencia de éstas en su relación con los usuarios celulares,
y en general respecto de cualquier incumplimiento contractual
que tuviera consecuencias mediatas o inmediatas para el CLIENTE.
9. ESTADO DE BAJA DE LOS NÚMEROS
Y CÓDIGOS DE ACCESO
9.1.- Cuando
en el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato
un código de acceso asignado a un servicio del CLIENTE fuera
dado de baja, MOBINT se reserva el derecho a utilizar ese mismo
número para otros servicios distintos de otro CLIENTE, sin que
ello origine derecho alguno a reclamo por parte del CLIENTE.
10.
SUSPENSIÓN CAUTELAR Y CANCELACIÓN DEFINITIVA DEL
ACCESO AL SERVICIO
10.1.- MOBINT se
reserva el derecho a cancelar y/o suspender total o parcialmente
de forma cautelar los SERVICIOS contratados cuando se reciba
comunicación de un órgano administrativo o a instancia
de autoridad judicial o de una OTM requiriendo información
de la actividad desarrollada derivada de reclamaciones, quejas
o denuncias de los usuarios de los servicios o se requiera la
suspensión o supresión
del mismo.
10.2.- También podrá suspenderse los SERVICIOS
contratados cuando MOBINT reciba comunicación de personas
físicas o jurídicas
en virtud de la cual se inste al cese de un determinado servicio
o la modificación del mismo, o bien se reciban de forma
reiterada quejas, denuncias o reclamaciones de los usuarios de
los servicios. En este supuesto MOBINT y el CLIENTE se comunicarán
este hecho de forma inmediata a fin de tomar las medidas que
ambas partes consideren oportunas en defensa de sus legítimos
y respectivos intereses.
10.3.- MOBINT podrá cancelar definitivamente
los SERVICIOS contratados dando de baja código de acceso
si en un plazo de un mes desde la citada comunicación
continúa vigente
la causa de suspensión.
10.4.- La suspensión cautelar o definitiva
de los SERVICIOS en base a cualquier causa descrita anteriormente
no dará derecho al CLIENTE a obtener compensación
económica alguna.
Además MOBINT podrá retener y hacer suyas las cantidades
pendientes de cobro por el CLIENTE por otros SERVICIOS contratados,
como penalidad.
11. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
11.1.-
Cualquiera de las partes podrá, rescindir el contrato
en cualquier momento sin invocación de causa, siempre
que lo comunique a la otra Parte con treinta (30) días
de antelación a la fecha en
que la rescisión haya de tener efecto, y sin que ello
genere derecho a reclamo o indemnización alguna derivado
de tal rescisión.
11.2.-
El presente Contrato se terminará en forma anticipada
por las siguientes causas: (i) en caso de rescisión de
conformidad y con los efectos de la cláusulas DECIMO SEGUNDA
y DECIMOTERCERA; (ii) en caso de que alguna de las partes entre
en cesación de
pagos, se decrete su quiebra, o solicite la formación
de su concurso preventivo; (iii) en caso de que opere la resolución
del contrato entre MOBINT con alguna y/o todas las OTM, o con
el integrador con alguna de ellas, o con el proveedor de acceso
de redes o de Internet por cualquier motivo que fuere; (iv) en
caso de comunicación
o notificación por la autoridad administrativa o judicial
que impida la continuidad en la prestación de los SERVICIOS
en las condiciones preexistentes.
11.3.- En caso de terminación anticipada
del Contrato por las causas (ii), (iii) y/o (iv) descriptas precedentemente,
la Partes declaran expresamente que dicha terminación
no generará
derecho a reclamo o indemnización alguna derivado de tal
terminación.
12.
INCUMPLIMIENTOS
12.1.- En caso de incumplimiento del presente
por alguna de las Partes, la parte cumplidora podrá rescindir
el contrato, siempre que tal incumplimiento no fuera subsanado
en un plazo máximo de quince (15) días contados a partir de la
notificación fehaciente de la Parte cumplidora, reclamando su
subsanación, a no ser que dicho incumplimiento se considerara
insubsanable o hiciera imposible el cumplimiento del presente
Contrato para la Parte denunciante, en cuyo caso la resolución
podrá ser inmediata, y ello en todo caso dejando a salvo la reclamación
que por daños y perjuicios pueda corresponder a cualquiera de
las Partes.
12.2.- Asimismo, las Partes dejan expresamente asentado
que MOBINT le ha informado al CLIENTE sobre los contratos y acuerdos
particulares que ha suscripto con las OTM o con los integradores
a las OTM en relación a los SERVICIOS. En consecuencia, el CLIENTE
reconoce que, cualquier incumplimiento suyo a las obligaciones
incluidas en este Contrato, podría acarrear como consecuencia
la rescisión unilateral por parte de las OTM, de alguno y/o todos
los acuerdos particulares y/o contratos que MOBINT tenga suscripto
con las OTM, constituyendo ello un grave perjuicio económico
a los negocios de MOBINT. Por lo tanto, el CLIENTE se compromete
a arbitrar y tomar las precauciones necesarias para dar estricto
cumplimiento a las obligaciones referidas anteriormente.
13.
EFECTOS A LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO
13.1. Los efectos a la terminación
del contrato por cualquier motivo que fuera serán los siguientes:
El
CLIENTE cesará en la promoción, comercialización, publicidad
de los servicios ofrecidos a través de los SERVICIOS. Deberá
además, en caso de corresponder, devolver inmediatamente toda
copia de los Contenidos cedidos por MOBINT o de documentación
relacionada a los mismos, en cualquier formato que fuera.
Todas las operaciones comerciales realizadas hasta la fecha de
terminación en virtud del presente serán liquidadas y canceladas
de acuerdo a los términos contractuales.
MOBINT se reserva el derecho, y el CLIENTE lo acepta, de retener
los eventuales créditos que surgieran a favor del CLIENTE durante
un lapso de 6 (seis) meses posteriores a la fecha de finalización
del mismo por la causa que fuere, lo que se efectuará en concepto
de reserva. Finalizado dicho plazo MOBINT se obliga a realizar
la liquidación definitiva correspondiente.
14. CESIÓN
14.1.- El presente Contrato es intransferible
por lo que está prohibida su cesión o la de cualquiera de sus
derechos por parte del CLIENTE.
14.2.- Sin perjuicio de lo expresado
precedentemente, MOBINT podrá ceder el Contrato sin necesidad
de conformidad previa por parte del CLIENTE en el supuesto
que tal cesión fuera realizada a favor de una empresa vinculada,
controlada o controlante de MOBINT. En este supuesto bastará
una simple notificación fehaciente por parte de MOBINT al CLIENTE
para que opere tal cesión.
15. FUERZA MAYOR
15.1.- Ninguna de las Partes
será tenida por responsable bajo ningún concepto por dejar de
cumplir cualquiera de los términos del presente Contrato siempre
que dicho cumplimiento se haya frustrado por fuerza mayor, tal
como guerra, movilización, huelga, cierre patronal, piquetes,
escasez de materia prima en el mercado nacional o internacional
o cualquier evento imprevisible sobreviniente de cualquier índole
más allá del control razonable de cualquiera de las Partes.
15.2.-
La Parte afectada notificará de inmediato a la otra Parte al
surgir la circunstancia de fuerza mayor, consignando las causas
de tal circunstancia y la duración razonable anticipada de la
misma.
16. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
16.1.- Las
Partes acuerdan someter el presente contrato por las normas del
derecho argentino. En caso de surgir cualquier desacuerdo, controversia
o conflicto respecto de la interpretación, cumplimiento
o incumplimiento del presente contrato, las partes acuerdan expresamente
llevar adelante un proceso inicial de mediación durante
un plazo de 30 días, sometiéndose a la Mediación
y las Reglas de Procedimiento y Código de Ética del Centro
Empresarial de Mediación y Arbitraje
(Asociación Civil), con sede en Buenos Aires. Las partes
podrán
extender dicho plazo de común acuerdo. En el caso que
no hubieren llegado a un acuerdo, la disputa o los aspectos parciales
no resueltos de la misma, serán sometidos al arbitraje
de acuerdo a las normas del aludido Centro. Para la ejecución
del laudo y todo otro supuesto ajeno a la competencia arbitral,
las partes se someten a la jurisdicción ordinaria de los
Tribunales de la Ciudad de Rosario. El laudo arbitral correspondiente
será definitivo
e inapelable para las partes.
CONDICIONES ECONÓMICAS
17. CONDICIONES DE REMUNERACIÓN Y RETRIBUCIÓN
17. - El CLIENTE
manifiesta que le ha sido informado por MOBINT de las condiciones
de remuneración y retribución impuestos por las OTM , para
el tipo de servicios contratado así como las condiciones de
funcionamiento que declara conocer y aceptar.
17.2 - Queda
expresamente establecido que MOBINT no garantiza al CLIENTE,
en ningún caso, ingresos mínimos por ningún concepto, por lo
que en ningún caso abonará al CLIENTE retribución alguna por
tráfico que no resulte efectivamente facturado por la OTM a los
Usuarios Celulares.
17.3 - El CLIENTE compartirá con MOBINT,
por la participación de los Usuarios Celulares en los servicios
del CLIENTE, un determinado monto de los ingresos percibidos
por MOBINT de las OTM por la facturación de dichos servicios
a los Usuarios Celulares. Este monto se asignará según las
condiciones comerciales que Mobint hará llegar al cliente,
y este declara conocer.
17.4 - A todo evento, las Partes declaran
que, por facturación de los servicios, debe entenderse a toda
suma de dinero que las OTM efectivamente facturen a los Usuarios
Celulares en el servicio de telefonía móvil post-pago y/o efectivamente
se descuente del crédito del Usuario Celular, en el caso del
servicio de telefonía móvil prepago, con causa en los servicios
comercializados a través de los SERVICIOS.
18.- FORMA DE PAGO DE LA CONTRAPRESTACIÓN
18.1.- El CLIENTE emitirá una factura
a MOBINT por la parte que le corresponda de la remuneración de
cada número o comando asignado de acuerdo con las condiciones
económicas indicadas.
18.2.- MOBINT abonará la parte que corresponda
al CLIENTE, a los 10 días hábiles de haberse acreditado en las
cuentas bancarias de MOBINT el pago por parte de las OTM.
18.3.-
En caso de detectarse trafico de mensajes no abonados por los
Usuarios Celulares; irregular o fraudulento, las OTM pueden no
remunerar estos mensajes. El CLIENTE no percibirá retribución
alguna por los mensajes no remunerados.