Condiciones Generales de Uso del Servicios



1. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

1.1 – Este contrato y los siguientes términos y condiciones que a continuación se indican regulan el acceso y el uso de las aplicaciones y servicios SMS Premium que brinda MOBINT S.R.L (en adelante MOBINT) , con domicilio en Av. Ovidio Lagos 41bis de la ciudad de Rosario. Y, de otra parte, la persona física o jurídica, en adelante EL CLIENTE, que se encuentra interesado en la contratación de los servicios que presta MOBINT en el ámbito de actividad de mensajería móvil, SMS tipo PREMIUM, WAP, WAP Push. Para la utilización y activación de dichos servicios es necesario aceptar por parte del CLIENTE, expresamente, mediante un "click" en el botón que se encuentra al final del formulario de solicitud de servicios "He leído y Acepto las Condiciones de Uso", todas y cada una de las presentes condiciones generales, así como todas aquellas condiciones particulares recogidas para la utilización de determinados servicios. En caso de no aceptar las presentes Condiciones Generales de Uso del servicio, deberá abstenerse de acceder y/o utilizar los servicios y/o contenidos ofertados por MOBINT

1.2- El uso del Sistema implica la aceptación sin reservas por parte del Usuario del Contrato y todo otro documento al cual se hace referencia en el presente.

1.3- La Empresa podrá modificar unilateralmente el Contrato. Las modificaciones serán obligatorias desde su publicación en el Sitio o desde su notificación al Usuario, lo que suceda primero, sin perjuicio de la facultad del Usuario de terminar el Contrato.

2. CONSIDERACIONES SOBRE LA RELACIÓN DE LAS PARTES
2.1 MOBINT desarrolla sus actividades dentro del ámbito de los servicios de las telecomunicaciones, cuenta con los medios técnicos, materiales y humanos necesarios, y tiene suscritos contratos con algunas de las principales operadoras de comunicaciones tanto de red fija como de red móvil, o con terceros que brinden estos servicios, así como también con proveedores de redes de telecomunicación y proveedores de acceso a internet.

2.2 - El CLIENTE desarrolla sus actividades dentro del ámbito del desarrollo y comercialización de servicios y contenidos audiovisuales para terminales móviles.

2.3.- El CLIENTE tiene la intención de comercializar sus servicios y contenidos audiovisuales para terminales móviles, a través del el uso de las tecnologías SMS, WAP, WAP Push, MMS, y/o cualquier otra tecnología desarrollada o a desarrollarse en el futuro y, en tal sentido, se encuentra interesado en la contratación de los servicios que presta MOBINT en el ámbito de actividad de mensajería móvil, SMS tipo PREMIUM, WAP, WAP Push.

ESTIPULACIONES
3. Objeto.
3.1.- El objeto del presente contrato es la prestación por parte de MOBINT al CLIENTE de servicios de mensajería móvil SMS tipo PREMIUM,; en los términos establecidos en este Contrato, a cambio de una contraprestación económica estipulada en las correspondientes cláusulas , que integran el presente Contrato (en adelante los “SERVICIOS”).

3.2.- Los servicios de mensajería “PREMIUM” son aquellos servicios que, a través del envío de un mensaje corto y/o de la marcación de un determinado código, conllevan una retribución específica y añadida al costo del mensaje ordinario, por la prestación de servicios que aportan un valor agregado al usuario de los mismos.

3.3.- Los productos que MOBINT pone a disposición del CLIENTE Para ser aplicados a los servicios de mensajería “PREMIUM” son: Móvil Quizz, que permite generar concursos interactivos y votaciones; Móvil DJ, que permite al CLIENTE recibir mensajes en una PC. Alertas SMS, que permite al cliente enviar contenido a los usuarios suscriptos a sus servicios.

4. CONTRATOS CON OPERADORAS DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES O TERCEROS INTERMEDIARIOS
4.1.- MOBINT tiene contratadas con algunas operadoras de telecomunicaciones móviles (OTM) o integradores con dichas empresas, así como con proveedores de acceso a internet las infraestructuras de telecomunicaciones necesarias para la prestación de los SERVICIOS. La OTM es la responsable del correcto transporte de los mensajes que contienen los servicios.

4.2.- El CLIENTE declara conocer: (i) las normas y circulares técnicas, así como también las políticas sobre servicios y contenidos dictadas, todas ellas, por las OTM, en relación con los SERVICIOS y (ii) que éstas se encuentran sujetas a variaciones impuestas unilateralmente por las OTM. Es por ello, que las variaciones técnicas, comerciales o económicas que pudieran surgir durante la vigencia del Contrato comunicadas por las distintas OTM a MOBINT, así como también todas sus consecuencias derivadas, serán trasladadas en su exacta incidencia al CLIENTE. Estas variaciones le serán comunicadas en el menor tiempo posible y no requerirán consentimiento expreso alguno por parte del CLIENTE para su efectiva aplicación a los SERVICIOS, ni generarán derecho a reclamo alguno por parte del CLIENTE.

4.3.- El CLIENTE acepta la aplicación inmediata de todas aquellas modificaciones de orden legal que pudieran afectar a la prestación de los SERVICIOS objeto del presente Contrato o de sus respectivos anexos. Las Partes se informarán recíprocamente de todas aquellas modificaciones legales de las que tuvieren conocimiento durante la vigencia del presente Contrato.

4. CÓDIGOS DE ACCESO
4.1.- En el desarrollo y ejecución de los SERVICIOS podrán ser asignados a los mismos “códigos de acceso telefónico” (numeración) y en su caso determinados “alias” (vocablos alfanuméricos), a instancia y solicitud del CLIENTE. MOBINT se reserva el derecho a la elección de éstos códigos de acceso y alias de acuerdo con sus disponibilidades.

4.2.- El código o códigos de acceso telefónico asignados al CLIENTE es/son titularidad de MOBINT o en su caso de la OTM por lo que únicamente se cederá a los efectos del desarrollo y ejecución de las obligaciones del presente Contrato. En consecuencia el CLIENTE renuncia a cualquier derecho que le pudiera corresponder por la explotación de dicho número y en especial a cualquier cantidad que pudiera suponer un incremento o compensación adicional a la remuneración pactada en las condiciones económicas.

4.3.- Para el supuesto de que las partes acuerden un cambio de titularidad del código de acceso, el mismo deberá ser autorizado expresamente por la OTM con la que MOBINT haya contratado.

4.4.- El CLIENTE no podrá ceder, arrendar, hipotecar, gravar o pignorar el código de acceso o número asignado, salvo previo consentimiento expreso por parte de MOBINT. Cualquier negocio jurídico ajeno al presente contrato que se pudiera realizar con los números asignados al CLIENTE será nulo y carecerá de efecto alguno.

4.5.- El CLIENTE se obliga expresamente a comunicar a MOBINT cualquier contingencia que pudiera afectar a la titularidad, a los frutos, rentas o derechos económicos, respecto al/los códigos de acceso telefónico que se adscriban a los SERVICIOS en el desarrollo y ejecución de las obligaciones del presente Contrato. El incumplimiento de ésta estipulación dará derecho a MOBINT a resolver el presente Contrato.

5. PUBLICIDAD DE LOS SERVICIOS (A cargo del cliente)
5.1.- Será a cargo del CLIENTE la promoción de los servicios y contenidos audiovisuales que el CLIENTE comercialice a través de los SERVICIOS prestados por MOBINT, obligándose a mantener indemne a MOBINT de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse del incumplimiento de sus obligaciones, entendiéndose además que MOBINT no garantiza un mínimo de rendimiento económico o resultado comercial para el CLIENTE ni una afluencia mínima de Usuarios/interesados a los servicios ofrecidos por el CLIENTE. Asimismo, la terminación de la relación contractual de MOBINT con alguna OTM, por cualquier motivo que fuere, no generará derecho a reclamo alguno por parte de el CLIENTE.

5.2. El CLIENTE se obliga a actuar verazmente frente a sus clientes y los Usuarios Celulares. Antes y durante el lanzamiento de cada servicio realizará la difusión del mismo, proporcionando información clara, veraz y suficiente sobre sus características y condiciones. En este sentido, el CLIENTE se obliga a explicitar el precio final del servicio, IVA incluido, en moneda de curso legal cumpliendo además con toda la normativa relativa a Publicidad, Lealtad Comercial, Defensa del Consumidor, y cualquier otra normativa de carácter nacional, provincial y/o local relacionada con la publicidad y promoción de sus servicios.

5.3.- En los casos particulares de servicios de alertas y Promociones (Mobile Marketing), el Usuario Celular debe tomar conocimiento de la promoción por un medio distinto al mensaje SMS; en ningún caso el mensaje SMS podrá ser utilizado como medio de comunicación de una promoción.

5.4.- Los Usuarios Celulares podrán acceder a los servicios del CLIENTE únicamente mediante el método “opt-in”, esto es, mediante la elección previa de los Usuarios Celulares, la que podrá ser efectuada mediante medios tales como Páginas Web, Call Center, WAP y otros. El uso de los servicios con los Usuarios Celulares sin que éstos hubieren optado en forma previa por su participación, autorizará a MOBINT a dar por rescindido el Contrato, y reclamar los daños y perjuicios que hubiere a lugar.

5.5.- En ningún supuesto existirá difusión masiva, mediante el envió de SMS, de la existencia de servicios y promociones a la base de Clientes de la OTM sin la expresa autorización previa por parte de ésta.

5.6.- En la publicidad de los servicios brindados por el CLIENTE siempre se incluirán, a título enunciativo y no limitativo:
a) Las características y funcionalidades del servicio ofrecido.
b) costo final del servicio ofrecido (Impuestos incluidos).
c) El prestador de servicios deberá ser siempre identificable por los usuarios mediante su nombre comercial o institucional. Asimismo los usuarios tendrán la posibilidad de ponerse en contacto con él sin dificultades por lo que figurará en la publicidad su teléfono, página web, dirección de correo electrónico, y domicilio a efectos de notificación, teniendo siempre en cuenta las exigencias técnicas y/o las adaptaciones necesarias al espacio del medio difusor.
d) Cuando los servicios vayan dirigidos a personas mayores de 18 años deberá indicarse esta circunstancia en la publicidad de los servicios.
e) Se deberá incluir en todo soporte publicitario indicación de las condiciones de compatibilidad entre las terminales móviles y el servicio publicitado.
f) Para los servicios cuyo contenido se refiera a la provisión de juegos para móvil, deberá constar en todo soporte publicitario la denominación del titular de los derechos de autor del juego publicitado.

6. CONTENIDO DEL SERVICIO
6.1.- Será por cuenta del CLIENTE dar contenido al servicio que se ofrezca por medio de los SERVICIOS prestados por MOBINT, los cuales deberán cumplir estándares mínimos de calidad, debiendo corresponderse la publicidad y el contenido del servicio ofrecido.

6.2. Asimismo el CLIENTE deberá cumplir estrictamente toda reglamentación y demás normativa legal aplicable dictada, o a dictarse por la autoridad competente, en relación con la información, contenidos y servicios ofrecidos, manteniendo a MOBINT indemne de toda responsabilidad por los daños y perjuicios causados, o por cualquier sanción que tuviera que afrontar con relación a los servicios y contenidos comercializados por el CLIENTE a través de los SERVICIOS.

6.3. El CLIENTE no podrá ofertar, comercializar y/o entregar interpretaciones de una canción grabada previamente sin la autorización de su compositor (cover) mediante los SERVICIOS.

6.4. Con carácter general, el contenido de los servicios comercializados por el CLIENTE a través de los SERVICIOS no deberán: Inducir o promover discriminación sexual, racial o religiosa o cualquier otra vulneración de los derechos fundamentales y de las libertades públicas reconocidas por la Constitución Argentina y el resto del ordenamiento jurídico.
Inducir o incitar a actuar de forma ilegal.
Llevar a conclusiones erróneas a consecuencia de su inexactitud, ambigüedad, exageración, omisión o similares.
Inducir a un estado inaceptable de ansiedad o temor, o explotar situaciones de necesidad.
Inducir o incitar a cualquier persona a involucrarse en prácticas peligrosas de riesgo, o que atenten contra la salud o el equilibrio psíquico.
Infringir las normas legales o reglamentarias sobre el secreto de las comunicaciones, propiedad intelectual, derecho al honor y a la intimidad personal o familiar, o cualquier otra disposición aplicable a la naturaleza del servicio.
Contener información falsa o caduca.
Encadenar mensajes de forma poco razonable o no acorde con la publicidad realizada.
Dañar o alterar la configuración de los Servicios ofrecidos por las OTM.
Los Servicios no deberán suponer explotación o atentar contra la intimidad de ninguna persona mentalmente discapacitada, desequilibrada o cualquier otra persona vulnerable, debiéndose tener en cuenta la especial protección que necesitan dichas personas.

6.5.- Los servicios del CLIENTE que incorporen solicitud de información personal o datos de carácter personal, incluyendo nombre, domicilio u otros cualesquiera datos del usuario, deberán ser adecuados, pertinentes y no excesivos con relación a la finalidad para la que se recaben, manifestar con claridad para qué se solicita dicha información, indicando cualquier destino que se vaya a dar a la información solicitada sin perjuicio del derecho del usuario a modificación, rectificación y cancelación de los datos. En cualquier caso las Partes se obligan especialmente a cumplir la legislación sobre datos de carácter personal dentro de sus respectivas competencias e inscribir y mantener en los órganos administrativos, los ficheros automatizados de datos de carácter personal, cuando sea preciso.

6.6.- No obstante lo anterior, el CLIENTE podrá también contratar para la prestación de sus servicios, contenidos de MOBINT o contenidos cedidos a MOBINT para su explotación, a cambio de la contraprestación que se estipule en el correspondiente anexo.

7. RESPONSABILIDADES
7.1.- Cada Parte será íntegramente responsable frente a la otra, y frente a terceros, por la prestación de los servicios que cada una tiene a su cargo, y mantendrá indemne a la otra frente a todo reclamo, demanda, sentencia, costos y costas, pérdida, daño o responsabilidad de cualquier tipo respecto de los servicios a su cargo, y/o relativos al incumplimiento, por su parte, sus empleados y/o contratistas, de las obligaciones que surjan del presente Contrato y sus Anexos. Asimismo Las Partes responderán por los daños que sus acciones u omisiones, o las de sus dependientes, ocasionen a la otra Parte, o a terceros.

7.2.- MOBINT no será responsable de aquellas deficiencias de red que deban imputarse a la OTM, operadores de redes de telecomunicación, y proveedores de acceso a Internet, y en particular, a título enunciativo y no limitativo las siguientes: interferencias debidas a condiciones atmosféricas; falta de cobertura de la terminal móvil del Usuario Celular; incompatibilidad de la terminal móvil del Usuario Celular con los servicios demandados; deficiencias en la terminal móvil del Usuario Celular, deficiencias de suministro de red de la OTM, manipulación inadecuada o fraudulenta de las terminales de telefonía o elementos informáticos y de telecomunicación de los Usuarios Celulares, cortes de suministro eléctrico, suspensión del servicio por el proveedor de acceso a Internet o del proveedor de redes de telecomunicación.

7.3.- MOBINT establecerá controles periódicos de calidad a fin de comprobar el correcto funcionamiento del sistema y conexiones a la red. MOBINT podrá suspender temporalmente el SERVICIO a fin de realizar operaciones de comprobación de red, previa notificación al CLIENTE con la suficiente antelación. MOBINT no se hará responsable de los daños o perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de la suspensión del SERVICIO por parte de la OTM o por parte de MOBINT, derivado de una decisión de la OTM, renunciando el CLIENTE en forma expresa y por adelantando a cualquier reclamo u acción que le pudiera corresponder por este concepto.

7.4.- MOBINT se encuentra expresamente autorizada a comunicar a los órganos administrativos y judiciales que así lo requieran, cuanta información y datos sean solicitados por éstos en relación con el desarrollo y ejecución de las obligaciones contenidas en el presente Contrato.

7.5.- El CLIENTE será exclusivo responsable por el funcionamiento, calidad y contenido de los Servicios comercializados por él a través de los SERVICIOS, y por la veracidad, origen, oportunidad y cualquier otro aspecto relativo a la información brindada a través de los mismos, la que no podrá ser contraria a la moral o a las buenas costumbres, ni de contenido ilegal. En razón de ello, el CLIENTE se compromete a mantener indemne a MOBINT, frente a cualquier reclamo proveniente de clientes o usuarios de los servicios o terceros, debiendo responder a los mismos en debida forma. Cualquier erogación o gasto que, en razón de ello, se viere obligada a efectuar MOBINT, deberá ser reembolsada por el Cliente a MOBINT, dentro de los diez (10) días hábiles de comunicada dicha circunstancia, conjuntamente con la documentación que acredite la erogación incurrida.

7.6.- El CLIENTE será exclusivo responsable por los concursos, sorteos o promociones que eventualmente organice a través de los SERVICIOS que se implementen en razón del presente, y por los premios que corresponda entregar en virtud de los mismos, comprometiéndose a cumplir con la regulación que resulte aplicable a cada concurso, sorteo o promoción, y a mantener indemne a MOBINT frente a cualquier reclamo recibido de los Clientes, Lotería Nacional S.E., Loterías Provinciales, Direcciones Generales de Renta Provinciales, lealtad Comercial, autoridad de aplicación, o de terceros, con relación a los mismos.

7.7.- El CLIENTE se hace especialmente responsable del cumplimiento de cualquier obligación sobre los derechos de propiedad intelectual o industrial que pudieran afectar a los contenidos que se comercialicen a los Usuarios Celulares, asumiendo las consecuencias económicas y sanciones derivadas del incumplimiento legal, contractual o extracontractual, en el caso que se produzca. En el caso de contenidos audiovisuales cedidos por MOBINT al CLIENTE para su comercialización, las obligaciones descriptas en la presente cláusula 6.7. estarán a cargo de MOBINT.

7.8. En caso de ser notificado de una mediación o demanda, relacionada con la propiedad intelectual de aquellos contenidos no provistos por MOBINT, o cualquier cuestión relacionada con las obligaciones a cargo del CLIENTE, MOBINT tendrá derecho a retener de las liquidaciones mensuales, los importes reclamados, previa intimación al CLIENTE para que subsane su incumplimiento o en su caso acredite, dentro de las 48 horas, poseer los derechos y autorizaciones pertinentes.

8. INFORMES ESTADÍSTICOS
8.1.- MOBINT se compromete a informar al CLIENTE sobre aquellos aspectos estadísticos que sean de interés mutuo y relacionado al objeto del Contrato. Dichos informes servirán como base de cálculo para la Contraprestación correspondiente y se entregarán en forma mensual. Asimismo MOBINT facilitará al CLIENTE el acceso “on-line” en tiempo real a una interfaz Web de MOBINT, a través de la provisión de un código específico, para que el CLIENTE pueda monitorear en forma directa información estadística relacionada con los SERVICIOS.

8.2.- No obstante lo anterior el CLIENTE recibirá un informe mensual facilitado por MOBINT para el control detallado de todos los mensajes enviados a los números asignados y/o de los contenidos descargados, que servirá de base para el cálculo de la Contraprestación correspondiente. Dicho informe es provisto – a su vez – a MOBINT por la OTM, razón por la cual cualquier error que pudiera surgir como consecuencia de la misma no podrá ser imputado a MOBINT, siendo obligación de MOBINT únicamente la de realizar sus mejores esfuerzos frente a la OTM para reclamar en tiempo y forma todas aquellas diferencias económicas que pudieran generarse por error o negligencia de éstas en su relación con los usuarios celulares, y en general respecto de cualquier incumplimiento contractual que tuviera consecuencias mediatas o inmediatas para el CLIENTE.

9. ESTADO DE BAJA DE LOS NÚMEROS Y CÓDIGOS DE ACCESO
9.1.- Cuando en el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato un código de acceso asignado a un servicio del CLIENTE fuera dado de baja, MOBINT se reserva el derecho a utilizar ese mismo número para otros servicios distintos de otro CLIENTE, sin que ello origine derecho alguno a reclamo por parte del CLIENTE.

10. SUSPENSIÓN CAUTELAR Y CANCELACIÓN DEFINITIVA DEL ACCESO AL SERVICIO
10.1.- MOBINT se reserva el derecho a cancelar y/o suspender total o parcialmente de forma cautelar los SERVICIOS contratados cuando se reciba comunicación de un órgano administrativo o a instancia de autoridad judicial o de una OTM requiriendo información de la actividad desarrollada derivada de reclamaciones, quejas o denuncias de los usuarios de los servicios o se requiera la suspensión o supresión del mismo.

10.2.- También podrá suspenderse los SERVICIOS contratados cuando MOBINT reciba comunicación de personas físicas o jurídicas en virtud de la cual se inste al cese de un determinado servicio o la modificación del mismo, o bien se reciban de forma reiterada quejas, denuncias o reclamaciones de los usuarios de los servicios. En este supuesto MOBINT y el CLIENTE se comunicarán este hecho de forma inmediata a fin de tomar las medidas que ambas partes consideren oportunas en defensa de sus legítimos y respectivos intereses. 

10.3.- MOBINT podrá cancelar definitivamente los SERVICIOS contratados dando de baja código de acceso si en un plazo de un mes desde la citada comunicación continúa vigente la causa de suspensión.

10.4.- La suspensión cautelar o definitiva de los SERVICIOS en base a cualquier causa descrita anteriormente no dará derecho al CLIENTE a obtener compensación económica alguna. Además MOBINT podrá retener y hacer suyas las cantidades pendientes de cobro por el CLIENTE por otros SERVICIOS contratados, como penalidad.

11. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
11.1.- Cualquiera de las partes podrá, rescindir el contrato en cualquier momento sin invocación de causa, siempre que lo comunique a la otra Parte con treinta (30) días de antelación a la fecha en que la rescisión haya de tener efecto, y sin que ello genere derecho a reclamo o indemnización alguna derivado de tal rescisión.

11.2.- El presente Contrato se terminará en forma anticipada por las siguientes causas: (i) en caso de rescisión de conformidad y con los efectos de la cláusulas DECIMO SEGUNDA y DECIMOTERCERA; (ii) en caso de que alguna de las partes entre en cesación de pagos, se decrete su quiebra, o solicite la formación de su concurso preventivo; (iii) en caso de que opere la resolución del contrato entre MOBINT con alguna y/o todas las OTM, o con el integrador con alguna de ellas, o con el proveedor de acceso de redes o de Internet por cualquier motivo que fuere; (iv) en caso de comunicación o notificación por la autoridad administrativa o judicial que impida la continuidad en la prestación de los SERVICIOS en las condiciones preexistentes.

11.3.- En caso de terminación anticipada del Contrato por las causas (ii), (iii) y/o (iv) descriptas precedentemente, la Partes declaran expresamente que dicha terminación no generará derecho a reclamo o indemnización alguna derivado de tal terminación.

12. INCUMPLIMIENTOS
12.1.- En caso de incumplimiento del presente por alguna de las Partes, la parte cumplidora podrá rescindir el contrato, siempre que tal incumplimiento no fuera subsanado en un plazo máximo de quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la Parte cumplidora, reclamando su subsanación, a no ser que dicho incumplimiento se considerara insubsanable o hiciera imposible el cumplimiento del presente Contrato para la Parte denunciante, en cuyo caso la resolución podrá ser inmediata, y ello en todo caso dejando a salvo la reclamación que por daños y perjuicios pueda corresponder a cualquiera de las Partes.

12.2.- Asimismo, las Partes dejan expresamente asentado que MOBINT le ha informado al CLIENTE sobre los contratos y acuerdos particulares que ha suscripto con las OTM o con los integradores a las OTM en relación a los SERVICIOS. En consecuencia, el CLIENTE reconoce que, cualquier incumplimiento suyo a las obligaciones incluidas en este Contrato, podría acarrear como consecuencia la rescisión unilateral por parte de las OTM, de alguno y/o todos los acuerdos particulares y/o contratos que MOBINT tenga suscripto con las OTM, constituyendo ello un grave perjuicio económico a los negocios de MOBINT. Por lo tanto, el CLIENTE se compromete a arbitrar y tomar las precauciones necesarias para dar estricto cumplimiento a las obligaciones referidas anteriormente.

13. EFECTOS A LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO
13.1. Los efectos a la terminación del contrato por cualquier motivo que fuera serán los siguientes:
El CLIENTE cesará en la promoción, comercialización, publicidad de los servicios ofrecidos a través de los SERVICIOS. Deberá además, en caso de corresponder, devolver inmediatamente toda copia de los Contenidos cedidos por MOBINT o de documentación relacionada a los mismos, en cualquier formato que fuera.
Todas las operaciones comerciales realizadas hasta la fecha de terminación en virtud del presente serán liquidadas y canceladas de acuerdo a los términos contractuales.
MOBINT se reserva el derecho, y el CLIENTE lo acepta, de retener los eventuales créditos que surgieran a favor del CLIENTE durante un lapso de 6 (seis) meses posteriores a la fecha de finalización del mismo por la causa que fuere, lo que se efectuará en concepto de reserva. Finalizado dicho plazo MOBINT se obliga a realizar la liquidación definitiva correspondiente.

14. CESIÓN
14.1.- El presente Contrato es intransferible por lo que está prohibida su cesión o la de cualquiera de sus derechos por parte del CLIENTE.

14.2.- Sin perjuicio de lo expresado precedentemente, MOBINT podrá ceder el Contrato sin necesidad de conformidad previa por parte del CLIENTE en el supuesto que tal cesión fuera realizada a favor de una empresa vinculada, controlada o controlante de MOBINT. En este supuesto bastará una simple notificación fehaciente por parte de MOBINT al CLIENTE para que opere tal cesión.

15. FUERZA MAYOR
15.1.- Ninguna de las Partes será tenida por responsable bajo ningún concepto por dejar de cumplir cualquiera de los términos del presente Contrato siempre que dicho cumplimiento se haya frustrado por fuerza mayor, tal como guerra, movilización, huelga, cierre patronal, piquetes, escasez de materia prima en el mercado nacional o internacional o cualquier evento imprevisible sobreviniente de cualquier índole más allá del control razonable de cualquiera de las Partes.

15.2.- La Parte afectada notificará de inmediato a la otra Parte al surgir la circunstancia de fuerza mayor, consignando las causas de tal circunstancia y la duración razonable anticipada de la misma.

16. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
16.1.- Las Partes acuerdan someter el presente contrato por las normas del derecho argentino. En caso de surgir cualquier desacuerdo, controversia o conflicto respecto de la interpretación, cumplimiento o incumplimiento del presente contrato, las partes acuerdan expresamente llevar adelante un proceso inicial de mediación durante un plazo de 30 días, sometiéndose a la Mediación y las Reglas de Procedimiento y Código de Ética del Centro Empresarial de Mediación y Arbitraje (Asociación Civil), con sede en Buenos Aires. Las partes podrán extender dicho plazo de común acuerdo. En el caso que no hubieren llegado a un acuerdo, la disputa o los aspectos parciales no resueltos de la misma, serán sometidos al arbitraje de acuerdo a las normas del aludido Centro. Para la ejecución del laudo y todo otro supuesto ajeno a la competencia arbitral, las partes se someten a la jurisdicción ordinaria de los Tribunales de la Ciudad de Rosario. El laudo arbitral correspondiente será definitivo e inapelable para las partes.

CONDICIONES ECONÓMICAS
17. CONDICIONES DE REMUNERACIÓN Y RETRIBUCIÓN
17. - El CLIENTE manifiesta que le ha sido informado por MOBINT de las condiciones de remuneración y retribución impuestos por las OTM , para el tipo de servicios contratado así como las condiciones de funcionamiento que declara conocer y aceptar.

17.2 - Queda expresamente establecido que MOBINT no garantiza al CLIENTE, en ningún caso, ingresos mínimos por ningún concepto, por lo que en ningún caso abonará al CLIENTE retribución alguna por tráfico que no resulte efectivamente facturado por la OTM a los Usuarios Celulares.

17.3 - El CLIENTE compartirá con MOBINT, por la participación de los Usuarios Celulares en los servicios del CLIENTE, un determinado monto de los ingresos percibidos por MOBINT de las OTM por la facturación de dichos servicios a los Usuarios Celulares. Este monto se asignará según las condiciones comerciales que Mobint hará llegar al cliente, y este declara conocer.

17.4 - A todo evento, las Partes declaran que, por facturación de los servicios, debe entenderse a toda suma de dinero que las OTM efectivamente facturen a los Usuarios Celulares en el servicio de telefonía móvil post-pago y/o efectivamente se descuente del crédito del Usuario Celular, en el caso del servicio de telefonía móvil prepago, con causa en los servicios comercializados a través de los SERVICIOS.

18.- FORMA DE PAGO DE LA CONTRAPRESTACIÓN
18.1.- El CLIENTE emitirá una factura a MOBINT por la parte que le corresponda de la remuneración de cada número o comando asignado de acuerdo con las condiciones económicas indicadas.

18.2.- MOBINT abonará la parte que corresponda al CLIENTE, a los 10 días hábiles de haberse acreditado en las cuentas bancarias de MOBINT el pago por parte de las OTM.

18.3.- En caso de detectarse trafico de mensajes no abonados por los Usuarios Celulares; irregular o fraudulento, las OTM pueden no remunerar estos mensajes. El CLIENTE no percibirá retribución alguna por los mensajes no remunerados.